A- de 2020
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Ministerio De Salud Y Proteccion Social
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Diferencia entre órdenes simples y complejas
- Prórroga del término para cumplimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El Ministerio de Salud y Protección Social presentó a la Corporación una nueva solicitud de prórroga del plazo dispuesto para el cumplimiento de la sentencia SU.096/18, en lo que respecta a la orden de emitir una regulación única para garantizar la interrupción voluntaria del embarazo en los casos despenalizados en la sentencia C-355/06.
La Corte Constitucional ya había ampliado dicho plazo mediante Auto 588/19.
La Sala Plena decidió CONCEDER una prórroga de dos meses más, contados a partir del 6 de marzo de 2020, fecha del vencimiento del último aplazamiento concedido.
Fueron tres los fundamentos para acceder a lo pretendido: (i) la complejidad de la orden dirigida al Ministerio de Salud y Protección Social en la sentencia de unificación mencionada; (ii) la diligencia demostrada por dicha Cartera en el cumplimiento de lo ordenado en el precitado fallo; y (iii) la necesidad de publicar el nuevo proyecto de resolución, por ser sustancialmente diferente al anterior.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. AUTORIZAR la extensión de tiempo solicitada por el Ministerio de Salud y Protección Salud para dar cumplimiento a lo ordenado en el numeral
- tercero. de la parte resolutiva de la sentencia SU-096 de 2018. En consecuencia, el término consagrado en la referida orden constitucional, prorrogado mediante Auto 588 de 2019, se entiende prorrogado hasta por dos meses, contados a partir del vencimiento del término de la última de las prórrogas, esto es, 06 de marzo de 2020.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.